Contrato CrediCuentas.com

REUNIDOS

 

DE UNA   PARTE, la persona MAYOR DE EDAD, interesada en rentar el servicio, en adelante, el “CLIENTE

DE OTRA   PARTE, David Jaramillo mayor de edad, con número 1037592317 y en nombre y representación de la mercantil CrediCuentas, en adelante, el “PROVEEDOR”, domiciliada en el dominio registrado como credicuentas.com

El CLIENTE y el PROVEEDOR, en adelante, podrán ser denominadas, individualmente, “ la Parte ” y, conjuntamente, “las Partes”, reconociéndose mutuamente en capacidad jurídica y de obrar suficiente para la celebración del presente Contrato

 

EXPONEN

PRIMERO : Que el CLIENTE está interesado en la renta del servicio que ofrece el software.

El CLIENTE está interesado en contratar dichos servicios para utilizar en sus ordenadores y dispositivos móviles el programa CrediCuentas.

SEGUNDO : Que el PROVEEDOR es una empresa especializada en la prestación de servicios de creación, desarrollo, distribución, actualización y mantenimiento de sistemas informáticos.

TERCERO : Que las Partes están interesadas en celebrar un contrato de renta de uso en virtud del cual el PROVEEDOR renta al CLIENTE para el uso del programa informático denominado CrediCuentas.

Que el PROVEEDOR y CLIENTE, acuerdan celebrar el presente contrato de RENTA, en adelante, el “Contrato”, de acuerdo con las siguientes

 

 

CLÁUSULAS

 

PRIMERA. - OBJETO

En virtud del Contrato el PROVEEDOR se obliga a ceder el uso, sin exclusiva al CLIENTE del programa de software CrediCuentas www.credicuentas.com, en adelante, “los Servicios”, en los términos y condiciones previstos en el Contrato y en todos sus Anexos.

 

SEGUNDA. - TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES Y ESPECÍFICOS DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

2.1.                  Los Servicios se prestarán en los siguientes términos y condiciones generales:

2.1.1.                     El PROVEEDOR responderá de la calidad del trabajo desarrollado con la diligencia exigible a una empresa experta en la realización de los trabajos objeto del Contrato.

2.1.2.                     El PROVEEDOR se obliga a gestionar y obtener, a su cargo, todas las licencias, permisos y autorizaciones administrativas que pudieren ser necesarias para la realización de los Servicios.

2.1.3.                     El PROVEEDOR se hará cargo de la totalidad de los tributos, cualquiera que sea su naturaleza y carácter, que se devenguen como consecuencia del Contrato, así como cualesquiera operaciones físicas y jurídicas que conlleve, salvo el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o su equivalente, que el PROVEEDOR repercutirá al CLIENTE.

2.1.4.                     El PROVEEDOR guardará confidencialidad sobre la información que le facilite el CLIENTE en o para la ejecución del Contrato o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Se excluye de la categoría de información confidencial toda aquella información que sea divulgada por el CLIENTE, aquella que haya de ser revelada de acuerdo con las leyes o con una resolución judicial o acto de autoridad competente. Este deber se mantendrá durante un plazo de tres años a contar desde la finalización del servicio.

2.1.5.                     En el caso de que la prestación de los Servicios suponga la necesidad de acceder a datos de carácter personal, el PROVEEDOR, como encargado del tratamiento, queda obligado al cumplimiento de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 y demás normativa aplicable.

El PROVEEDOR responderá, por tanto, de las infracciones en que pudiera incurrir en el caso de que destine los datos personales a otra finalidad, los comunique a un tercero, o en general, los utilice de forma irregular, así como cuando no adopte las medidas correspondientes para el almacenamiento y custodia de los mismos.

A los efectos del artículo 12 de la Ley 15/1999, el PROVEEDOR únicamente tratará los datos de carácter personal a los que tenga acceso conforme a las instrucciones del CLIENTE y no los aplicará o utilizará con un fin distinto al objeto del Contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. En el caso de que el PROVEEDOR destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del Contrato, será considerado también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.

El PROVEEDOR deberá adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. A estos efectos el PROVEEDOR deberá aplicar los niveles de seguridad que se establecen en el Real Decreto 1720/2007 de acuerdo a la naturaleza de los datos que trate.

2.1.6.                     El PROVEEDOR responderá de los daños y perjuicios que se deriven para el CLIENTE y de las reclamaciones que pueda realizar un tercero, y que tengan su causa directa en errores del PROVEEDOR, o de su personal, en la ejecución del Contrato o que deriven de la falta de diligencia referida anteriormente.

2.1.7.                     Las obligaciones establecidas para el PROVEEDOR por la presente cláusula serán también de obligado cumplimiento para sus posibles empleados, colaboradores, tanto externos como internos, y subcontratistas, por lo que el PROVEEDOR responderá frente al CLIENTE si tales obligaciones son incumplidas por tales empleados.

2.2.                  El PROVEEDOR cederá la renta, no exclusiva y prestará los Servicios en los siguientes términos y condiciones específicos: 

2.2.1.                     El PROVEEDOR le renta al CLIENTE el uso del programa descrito en cláusula 1ª de este contrato; Dicha renta puede ser (7, 15, 30 o 365 días), opción escogida por el CLIENTE, se entiende como Renta personal, de carácter no exclusivo e intransferible.

2.2.2.                     La Propiedad Intelectual del programa informático licenciado, es única y exclusivamente del PROVEEDOR. Dicha propiedad intelectual abarca el programa informático, su código fuente y la estructura de su base de datos.

2.2.3.                     Queda expresamente prohibido al CLIENTE la reproducción, modificación, adaptación, mantenimiento, corrección de errores, cesión, venta, arriendo, préstamo, cesión de uso ni parcial ni total, transmisión del derecho de uso, divulgación, publicación, etc., del programa informático licenciado, con la lógica excepción del uso por parte de los empleados directos del CLIENTE. En todo aquello que no se haya regulado expresamente en este contrato, las partes se remiten a lo que establece la legislación sobre Propiedad Intelectual.

2.2.4.                     El CLIENTE reconoce que el programa se suministra tal y como se describe en el Objeto del contrato, cláusula 1ª Y que el presente acuerdo no le concede ningún derecho sobre otras versiones, ni sobre mejoras o modificaciones del mismo.

2.2.5.                     La renta incluye todos los conocimientos necesarios y adicionales al contenido del programa y sus especificaciones técnicas para que éste sea útil al CLIENTE.

2.2.6.                     La renta del programa se concede para cualquier dispositivo móvil con acceso a internet que se encuentran en el domicilio del CLENTE.

2.2.7.                     Una vez realizado el pago de la renta del servicio por el determinado tiempo que el CLIENTE escoja, el CLIENTE recibirá una copia en soporte magnético (Correo).

2.2.8.                     El PROVEEDOR ejecutará el Contrato realizando de manera competente y profesional los Servicios, cumpliendo los niveles de calidad exigidos y cuidando diligentemente los materiales del CLIENTE que tuviera que utilizar como consecuencia del Contrato.

 

TERCERA. - POLÍTICA DE USO

3.1                             El CLIENTE es el único responsable de la selección del tiempo en que usara el servicio.

3.2                             En ningún caso será el PROVEEDOR del programa responsable, ante el usuario o terceras partes, de cualquier manipulación indebida o perdida de información por mal manejo o cualquier tipo de perjuicio surgido como consecuencia de su utilización, siendo el uso del programa a riesgo y ventura del CLIENTE.

 

CUARTA. - PRECIO Y FACTURACIÓN. -

4.1                    El precio de la renta, depende del intervalo, moneda y el valor de esta en Colombia al día del pago al cual el cliente elegirá.

4.2                    El cliente tendrá 15 días de pruebas sin ningún tipo de costo ni restricciones para hacer uso de la plataforma

4.3                    Terminado los 15 días de prueba se le generará una factura al cliente el cual deberá pagar antes de la fecha límite, en caso contrario, será bloqueado del sistema y no podrá hacer más uso de esta.

 

QUINTA. - DURACIÓN DEL CONTRATO

El plazo de duración del presente Contrato es a partir de la fecha en que el cliente acepte estos termines y se registre en el sistema.

 

SEXTA. - ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO

6.1                        Todos los Servicios prestados por el PROVEEDOR se realizarán por personal especializado en cada materia. El personal del PROVEEDOR acudirá previsto de todo el material necesario, adecuado y actualizado, para prestar los Servicios.

6.2                        Las averías o el mal funcionamiento de los Servicios se comunicarán al PROVEEDOR en su domicilio a través de llamada telefónica, contacto por el chat o vía correo electrónico.

6.3                        Los problemas se resolverán en un período máximo de 24 horas si el problema no es de gran magnitud (incidencia grave o leve), en caso contrario (incidencia crítica) serán resuelto en un plazo máximo de 48 horas

6.4                        Se entiende por incidencia crítica: las incidencias que, en el marco de la prestación de los Servicios, afectan significativamente al CLIENTE

·          Se entiende por incidencia grave: las incidencias que, en el marco de la prestación de los Servicios, afectan moderadamente al CLIENTE

·          Se entiende por incidencia leve: las incidencias que se limitan a entorpecer la prestación de los Servicios.

La reparación se realizará en los siguientes períodos máximos desde el aviso:

·          Incidencia crítica

·          Incidencia grave

·          Incidencia leve

6.5                        El estado de los Servicios se revisará mensualmente por el CLIENTE y el PROVEEDOR  para comprobar su buen funcionamiento.

 

SÉPTIMA. - MODIFICACIÓN

Solo el PROVEEDOR podrá modificar el contrato de mutuo acuerdo y por escrito y será notificado con previo aviso al CLIENTE.

 

OCTAVA. - RESOLUCIÓN

Las Partes podrán resolver el Contrato, con derecho a la indemnización de daños y perjuicios causados, en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo.

 

NOVENA. - NOTIFICACIONES

Las notificaciones que se realicen las Partes deberán realizarse por correo, chat o teléfono.

 

DÉCIMA. - REGIMEN JURÍDICO

El presente contrato tiene carácter mercantil, no existiendo en ningún caso vínculo laboral alguno entre el CLIENTE y el personal del PROVEEDOR que preste concretamente los Servicios.


Trabajemos juntos

En nuestra compañía el cliente es muy importante, por eso siempre estamos abiertos a escuchar las propuestas de mejoramiento y trabajar conjuntamente con nuestros clientes para mejorar la experiencia de los usuarios y facilitar cada vez más los procesos.